Aunque
las acciones de los profesionales del arte del curar están
contempladas con especial interés por la Ley, los abogados
y la sociedad en su conjunto, la responsabilidad profesional médica
es parte de la responsabilidad en general.
La
responsabilidad general es la obligación de las personas
imputables de dar cuenta por los actos realizados contrarios a la
Ley y sufrir las consecuencias jurídicas.
Desde el punto de vista médico legal, los médicos
tenemos la obligación de responder ante la justicia por los
daños que causemos en el ejercicio de nuestra profesión.
En
la práctica, debemos entender por responsabilidad profesional
a la obligación de responder (Responder: del Latín,
respondere: contradecir, oponerse, asumir las obligaciones respecto
de las cosas).
Si
bien se dice que este tipo de responsabilidad se limita a los hechos
culposos (no hay intención de provocar daños injustos),
no debemos olvidar ni mucho menos negar, la responsabilidad calificada
de aquel médico que lleva a cabo un aborto criminal o un
certificado médico falso (ambos delitos dolosos donde hay
intención deliberada de infringir la Ley).
La
culpa médica y el daño culposo emergente, están
producidos como consecuencia de uno o más de los 4 elementos
que constituyen la base del delito médico y ellos son:
1.
Impericia (no saber...)
2.
Negligencia (hacer menos o no hacer lo suficiente...)
3.
Imprudencia (hacer más...)
4. Inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo
Entre
el fino equilibrio de saber qué hacer, no hacer de menos
pero tampoco de más; se ubica la conducta médica adecuada.
Ante tales eventualidades la historia clínica del paciente
es el documento donde se objetiva la actuación de los profesionales
del equipo tratante y donde no sólo se puede observar lo
que se hizo, sino también lo no realizado (falta por omisión).
La
elevada frecuencia de problemas médico legales que se observan
en la actualidad, hace indispensable que estos registros médicos
sean confeccionados completos, descriptivos, cronológicos,
fieles, ordenados y legibles.
Todos
debemos recordar que la "industrialización del juicio
médico" no contempla circunstancia atenuante alguna,
por más crítica que haya sido la situación
que originó la prestación.
Sólo
por dar un ejemplo, en un estudio recientemente realizado en el
Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez de Buenos Aires,
sobre un total de 794 traumatizados graves ingresados, 616 niños
fueron rescatados y transportados por personal médico y a
pesar de ello, solamente 106 derivaciones reunieron los datos considerados
mínimamente básicos para la historia clínica
durante la atención inicial.
¿Con
qué armas estamos defendiendo nuestro trabajo y nuestro patrimonio?
¿Será que la sociedad actual no sólo reclama
que el médico sea diligente, sino también que lo demuestre
a cada momento...?
Observando
la gravedad de la situación que cotidianamente vivimos, donde
los juicios "por supuesta mala praxis" crece a ritmo constante,
¿ le damos a esta situación real, la dimensión
que la misma merece?
¿Cuál
es el porcentaje de módulos y cursos de buena praxis o medicina
defensiva que destinamos en cada congreso para la reflexión
en conjunto de la problemática vivida?
Mientras
más tardemos en organizarnos y aceptar que mañana
mismo puede verse involucrado cualquiera de nosotros, el Palacio
de Justicia seguirá aumentando sus archivos con expedientes
donde los reclamados somos nosotros mismos: los médicos;
paradójica situación si pensamos que al que se enjuicia
es el propio custodio de la salud de los demandantes.
No
es en este sitio donde debamos reclamar por el vacío legal
generado por la propia legislación en relación a la
profesión médica, pero sí es un buen foro para
que abramos definitivamente los ojos y veamos la cruda realidad
de los hechos.
Entendamos
el riesgo que lleva implícito desarrollar especialidades
críticas como la cirugía infantil, en más de
una ocasión realizada en establecimientos desprovistos de
la tecnología requerida y mucho menos aún actualizada.
En
este sentido y ante todo lo expuesto, alentamos a trabajar más
y mejor, poniendo toda nuestra capacidad por los pacientes pero
sin dejar de recordar que a pesar que la relación médico-paciente
sigue intacta, la misma requiere de un tratamiento diferente al
de antaño.
En PAIDEIA brindamos desinteresadamente
ayuda e información médico legal a cualquier colega
que la requiera.
Concluyendo:
la historia clínica representa y refleja la evolución
de los pacientes y nuestra conducta médica. La misma es un
instrumento de gran valor, puesto que como prueba documental irrefutable,
podrá significar la absolución o la condena de quien
la confeccione a conciencia o sin ella.
"Médico,
cúrate a ti mismo..."
San Lucas, Cap.4, 23.
Jorge Arturo Fiorentino
Médico Legista y Cirujano Infantil  |